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Si partimos de la idea de que la tarea de una teoría del Derecho es construir los conceptos jurídicos adecuados para poder dar cuenta de la práctica del Derecho (de su racionalidad y de su método), el “constitucionalismo jurídico” es el movimiento teórico orientado a construir una teoría del Derecho y del razonamiento jurídico adaptada a este nuevo marco jurídico-político: un orden jurídico constitucionalizado (o en proceso de constitucionalización). Naturalmente, esta nueva teoría del Derecho está lejos de estar acabada, está en construcción. Por ello, los estudios aquí reunidos pretenden ser contribuciones. Los tres primeros trabajos son fragmentos de teoría jurídica de la constitución. Los tres siguientes trabajos tienen en común que giran en torno a las conexiones entre acordar (decidir colectivamente) y debatir (deliberar colectivamente). Los dos últimos trabajos (“Los deberes internos a la práctica de la jurisdicción…” y “Las presunciones en el Derecho”) tratan de abordar viejas cuestiones desde esta nueva teoría del Derecho.

En defensa del Estado constitucional de Derecho

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Si partimos de la idea de que la tarea de una teoría del Derecho es construir los conceptos jurídicos adecuados para poder dar cuenta de la práctica del Derecho (de su racionalidad y de su método), el “constitucionalismo jurídico” es el movimiento teórico orientado a construir una teoría del Derecho y del razonamiento jurídico adaptada a este nuevo marco jurídico-político: un orden jurídico constitucionalizado (o en proceso de constitucionalización). Naturalmente, esta nueva teoría del Derecho está lejos de estar acabada, está en construcción. Por ello, los estudios aquí reunidos pretenden ser contribuciones. Los tres primeros trabajos son fragmentos de teoría jurídica de la constitución. Los tres siguientes trabajos tienen en común que giran en torno a las conexiones entre acordar (decidir colectivamente) y debatir (deliberar colectivamente). Los dos últimos trabajos (“Los deberes internos a la práctica de la jurisdicción…” y “Las presunciones en el Derecho”) tratan de abordar viejas cuestiones desde esta nueva teoría del Derecho.