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La regulación jurídica internacional de los bienes de doble uso

Los bienes de doble uso son todos aquellos materiales, equipos y tecnologías susceptibles de ser empleados tanto para fines legítimos como para producir armas de destrucción masiva (ADM), es decir, armas nucleares, químicas y biológicas. Esta obra estudia la regulación de estos bienes y demuestra la existencia de un régimen jurídico internacional con perfiles propios. Así, a través del que ha sido considerado el primer análisis jurídico exhaustivo de este régimen, se abordan los aspectos más importantes de un complejo entramado de fuentes e instituciones en el que destacan el Tratado sobre no Proliferación Nuclear y el OIEA, la Convención para la Prohibición de Armas Biológicas, la Convención para la Prohibición de Armas Químicas y la OPAQ, resoluciones específicas del Consejo de Seguridad de la ONU y directrices de soft-law de los regímenes multilaterales de control de exportaciones tales como el Grupo de Suministradores Nucleares, el Grupo Australia o el Arreglo Wassenaar, entre otros.
Esta obra presenta de forma clara y rigurosa un régimen cuyo objeto de regulación —los bienes de doble uso— se sitúa en la intersección entre las prohibiciones relativas a la proliferación de ADM y el derecho al uso pacífico de estos materiales y equipos. Conseguir el difícil equilibrio entre estas dos premisas es el objetivo del régimen estudiado y una de las claves para mantener la paz y la seguridad internacionales.

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Los bienes de doble uso son todos aquellos materiales, equipos y tecnologías susceptibles de ser empleados tanto para fines legítimos como para producir armas de destrucción masiva (ADM), es decir, armas nucleares, químicas y biológicas. Esta obra estudia la regulación de estos bienes y demuestra la existencia de un régimen jurídico internacional con perfiles propios. Así, a través del que ha sido considerado el primer análisis jurídico exhaustivo de este régimen, se abordan los aspectos más importantes de un complejo entramado de fuentes e instituciones en el que destacan el Tratado sobre no Proliferación Nuclear y el OIEA, la Convención para la Prohibición de Armas Biológicas, la Convención para la Prohibición de Armas Químicas y la OPAQ, resoluciones específicas del Consejo de Seguridad de la ONU y directrices de soft-law de los regímenes multilaterales de control de exportaciones tales como el Grupo de Suministradores Nucleares, el Grupo Australia o el Arreglo Wassenaar, entre otros.
Esta obra presenta de forma clara y rigurosa un régimen cuyo objeto de regulación —los bienes de doble uso— se sitúa en la intersección entre las prohibiciones relativas a la proliferación de ADM y el derecho al uso pacífico de estos materiales y equipos. Conseguir el difícil equilibrio entre estas dos premisas es el objetivo del régimen estudiado y una de las claves para mantener la paz y la seguridad internacionales.